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Alcalde Jaime Uribe y sus hijos estarían comprometidos en delitos de corrupción

FISCAL SUPERIOR DR. FELIX SALAZAR HUAPAYA, DECLARÓ FUNDADA LA QUEJA, ORDENANDOLE AL FISCAL PROVINCIAL DR. RAMIRO TERREL CRISPIN, DICTE NUEVA DISPOSICIÓN.

Alcalde Jaime Uribe Ochoa

Alcalde Jaime Uribe Ochoa

Ante la grave denuncia presentada el pasado 4 de mayo del 2009, por el presidente de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Chancay-Huaral, Marcial Vega Lostanau, contra Jaime Cirilo Uribe Ochoa, por la comisión de los delitos de Abuso de Autoridad y Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido  del Cargo, en su  condición de Funcionario  Público, dada su condición de Alcalde de la Provincia de Huaral y Presidente de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huaral – EMAPA-Huaral S.A tipificado  en los artículos 376º y 399º del Código Penal y conjuntamente con Pedro Buitrón Quillay, Jesús Alfredo Uribe Lescano, Jaime  Alejandro Uribe Lescano, Jorge Cadillo Pineda y Elmer Vega Ascencio, responderá además, por la comisión  de los delitos de Asociación Ilícita   para Delinquir, Usurpación de Agua, Hurto Simple, Tenencia Ilegal de Arma, Resistencia  y Desobediencia  a la Autoridad y Tentativa de Homicidio; el titular de la Primera Fiscalía Superior Penal de Huaura, Dr. Félix Salazar Huapaya, con fecha 16 de noviembre último, ha emitido la Resolución No 207-2009, en la que dispone declarar fundadas las quejas interpuestas por el presidente de la Junta de Usuarios, Marcial Vega Lostaunau y el Procurador del Ministerio de Agricultura Dr. Julio Marlon Merodio Llanos; y asimismo ordena al Fiscal Provincial de Huaral Ramiro Rodolfo Terrel Crispin, que emita una nueva  disposición   donde   debe pronunciarse conforme además sobre los delitos de usurpación ( art. 203º) : delito de Falsificación de Documentos (artº 427) y los delitos de corrupción de funcionarios (artículos 395ª , 397ª) . Se esta a la espera, que en las próximas  horas l  el Juez de la Investigación Preparatoria de Huaral a solicitud del Fiscal Provincial, sin tramite alguno y teniendo a la vista la disposición del Fiscal Superior dicte el MANDATO DE DETENCION PREVENTIVA del Alcalde de Huaral Jaime Cirilo Uribe Ochoa, así como de sus hijos Jesús Alfredo y Jaime Alejandro, y de Jorge Cadillo Pineda, así como también del Juez de Paz de Aucallama Pedro Ubia Mora y su Secretario Máximo Mendoza Ramírez

 Resulta preciso resaltar que el Fiscal Superior Dr Félix Salazar, señala contundentemente en el punto 5 de dicha resolución, que el cuestionado Fiscal Provincial de Huaral Ramiro Rodolfo Terrel Crispin, debe cumplir emitir opinión respecto a los delitos de corrupción de funcionarios, por los cuales no se había pronunciado en su anterior Disposición No 02-2009 del 20 de setiembre del 2,009, tales como:

. FALSIFICACION DE DOCUMENTOS (Art. 426 del Código Penal –CP) al haber falsificado CERTIFICADOS DE POSESION suscritos por el presidente y secretario de la Cooperativa  Agraria  de Usuarios  de Palpa LtdCAU San Isidro de Palpa – Aucallama – Huaral.

. COHECHO ACTIVO (Art. 397 del CP), por cuanto el Alcalde corruptor Jaime Cirilo Uribe como actor mediato, ha llegado al extremo de corromper al Juez de Paz de Aucallama Pedro Rómulo Ubía Mora (el cual, según consta en el Informe No 108-09-VII-DITERPOL-L-PN/DIVPOL-H-CA-SEINCRI de la Comisaría de Aucallama, reconoce y acepta haber efectuado cobros irregulares por las inspecciones judiciales efectuadas en las 30 hectáreas, a pesar de que no era de su competencia, con lo que junto a su secretario Máximo Mendoza Ramírez – el cual también a aceptado haber recibido parte de dicho cobro, han incurrido en el delito de peculado y usurpación de funciones).

 

Otros delitos sobre los cuales tendrá que pronunciarse el cuestionado Fiscal Provincial Ramiro Terrel son:

. Delito de CORRUPCION DE FUNCIONARIOS –COHECHO ACTIVO ESPECIFICO (Art. 395 del CP) en el que habrían incurrido JAIME CIRILO URIBE OCHOA, sus hijos Jesús Alfredo y Jaime Alejandro Uribe Lescano, y Jorge Cadillo Pineda;

. Delito de CORRUPCION DE FUNCIONARIOS-COHECHO PASIVO PROPIO ESPECIFICO (Art. 395 del CP) en el que habrían incurrido el Juez de Paz de Aucallama Pedro Rómulo Ubía Mora y su secretario Máximo Mendoza Ramírez.

 

Asimismo el Fiscal Superior de Huaura Félix Salazar, ordena al Fiscal Provincial Ramiro Terrel, que se pronuncie respecto a las lesiones que sufrieron humildes agricultores del sector Juan Castilla de la Comisión de Regantes de Palpa, y que habrían propiciado la banda de matones del Alcalde Uribe. Asimismo el Fiscal Terrel, deberá pronunciarse sobre los delitos de Abuso de Autoridad y Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del Cargo, Asociación Ilícita para Delinquir, Usurpación de Aguas, Hurto Simple, Tenencia Ilegal de Armas, Resistencia y Desobediencia a la Autoridad y Tentativa de Homicidio, denunciados oportunamente por la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Chancay – Huaral

Diversos juristas consultados en Lima, afirmaron que era sumamente extraña la resolución dada por el Fiscal Superior Félix Salazar Huapalla, dado que no obstante existir suficientes indicios de la comisión de los ilícitos penales y de existir la carga de la prueba, el Fiscal Provincial de Huaral Ramiro Terrel, debió ser excluido del proceso y ser denunciado ante la OCMA, .quien de manera escandalosa dispuso declarar que no `procede formalizar y continuar investigación preparatoria contra Jaime Cirilo Uribe Ochoa, sus hijos y otros. Afirmaron categóricamente que acorde al articulo 334 numeral 6 del Código Procesal Penal, el Fiscal Superior, debió ordenar al Fiscal Provincial de Huaral que formule acusación penal, es decir se formalice la investigación, contra el autor mediato Jaime Cirilo Uribe Ochoa, sus hijos y los denunciados, dado que existen por demás los elementos de convicción suficientes de corrupción y de otros delitos.

 

Cabe señalar que en las respectivas declaraciones a nivel policial (Informe No 108-09-VII-DITERPOL-L-PN/DIVPOL-H-CA-SEINCRI de la Comisaría de Aucallama), se ha determinado fehacientemente que tanto el Juez de Paz Pedro Ubía Mora y su secretario Máximo Mendoza Ramírez, han aceptado haber recibido y haberse repartido el dinero de la corrupción en partes iguales; dinero que fue entregado por los hijos del Alcalde Uribe y de Jorge Cadillo, a cambio de beneficiarse de una  inspección judicial favorable de las 30 hectáreas usurpadas , cuando ellos, sabían perfectamente, que el Juez de Paz de Primera Nominación de Aucallama, no tiene facultad para conocer Inspecciones Judiciales ( Art. 67º del T.U.O.- de la Ley Orgánica del Poder Judicial), mas cuando se trata de una constatación de que se encuentran en posesión de los terrenos usurpados, en el cual vienen efectuando trabajos de agricultura, según lo declarado por el propio Juez. Lógicamente, que el autor mediato de este acto de corrupción sería el Alcalde Jaime Uribe, dado que los hijos no tienen oficio conocido.

 

Dado los delitos cometidos por el Alcalde Huaralino Jaime Uribe Ochoa, sus hijos y su testaferro Jorge Cadillo; así como el Juez de Paz de Aucallama Pedro Ubia Mora y su secretario Máximo Mendoza Ramírez; acorde al Código Penal les espera un máximo de 8 largos años en la cárcel, así como la inhabilitación en sus cargos, según corresponda.

 

Cabe recordar que este caso se inicia, el día 4 de abril del 2,006, con la solicitud de los 2,000 asociados a la asociación de vivienda Centro Poblado “Nuevo Palpa”,presentada por ante la Secretaria de la Municipalidad Provincial de Huaral, a fin de que se declare zona de expansión urbana a las 151 hectáreas de tierras eriazas de propiedad del Estado, ubicadas en la Pampa “Cerro Montura” -Palpa del distrito de Aucallama, Provincia de Huaral, Región Lima, sin embargo, esta solicitud conteniendo los respectivos planos, extrañamente desapareció y nunca fue tramitada por La Municipalidad de Huaral, pese a que hubo el formal ofrecimiento del Alcalde Jaime Cirilo Uribe Ochoa, quien incluso visito dichos terrenos, en compañía de los dirigentes de la Asociación de Vivienda Centro Poblado Nuevo Palpa ¿Cómo es posible que un integrante del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, -como es el caso del alcalde Uribe-, le este usurpando y hurtando el agua a pequeños y humildes agricultores, golpeándolos vilmente con sus matones y amenazándolos de muerte, mas aún tratándose del Alcalde de la Capital de la Agricultura? Todo esto a pesar de que la Autoridad Nacional del Agua del Ministerio de Agricultura, mediante oficio No 534-2009-ANA, ha cumplido con indicarle que previo a la ejecución de cualquier proyecto debió dirigirse al administrador de la Autoridad Local del Agua de Chancay – Huaral. Este despropósito y actuación del alcalde huaralino, no hacen sino demostrar que en la práctica no respeta a las autoridades del Gobierno Central, y lo pintan de cuerpo entero como el nuevo terrateniente de Huaral, dado que posteriormente se apropiará ilícitamente de las 150 hectáreas que son del Estado y por las cuales 2,000 humildes pobladores que no tienen vivienda y vienen luchando por un hogar, recortándoseles sus aspiraciones. de  impulsar instalaciones destinadas a la crianza de animales menores y de esta manera mejorar sus condiciones de vida y la de sus familias.

 

Los 7,900 agricultores del valle de Chancay – Huaral, así como los 2,000 asociados del C.P. “Nuevo Palpa”, solicitan que el Juez de Investigación Preparatoria de Huaral, ordene la inmediata detención del Alcalde Uribe, de sus hijos y de todos los denunciados; se disponga el impedimento de salida del país, y se proceda al embargo de sus bienes libres. En caso de sufrir una nueva burla de las autoridades tanto de la Fiscalía, como del Poder Judicial, procederán a convocar a una Gran Marcha de Protesta, así como entregar memoriales a las siguientes autoridades: Presidente de la Corte Suprema de Justicia Dr. Javier Villa Stein; a la Jefa de la Oficina de Control de la Magistratura Dra. Elcíra Vásquez; a la Defensora del Pueblo Dra. Beatriz Merino Lucero; al presidente de las  Comisiones de Justicia y de Gobiernos Locales del Congreso de la República; al Contralor General de la República Farid Kouri; al Zar Anticorrupción Dr. Genaro Matute; al Superintendente Nacional de Servicios de Agua Potable– SUNASS Sr. Guillermo León; a la Autoridad Nacional de Aguas del Ministerio de Agricultura, a la presidenta de la Comisión de Defensa del Consumidor Dra. Alda Lazo Ríos de Hornung, al presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios –ASPEC Dr. Jaime Delgado Zegarra, al presidente de la Liga de Consumidores y Usuarios del Perú Dr. Ciro Silva Paredes, al Decano del Colegio de Abogados de Lima Dr. Walter Gutiérrez, al presidente de la Junta Nacional de Usuarios de Riego y al Presidente Regional de Lima Ing. Nelson Chuí Mejía, el cual que pese a tener conocimiento de estos hechos de robo y corrupción, estaría avalando estos graves delitos, ya que se tiene conocimiento que el alcalde Jaime Uribe postularía nuevamente a la Alcaldía Provincial de Huaral por el Movimiento que lidera Nelson Chuí.

 

Huaral, 23 de Noviembre del 2,009.

 

 

Per. Luis Ramos Ucancial

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